FENACOTIP anuncia suspensión indefinida del transporte desde este 3 de julio; ANT advierte con fuertes sanciones

(Redacciòn Ibarra).- La Federación Nacional de Cooperativas de Transporte Público de Pasajeros del Ecuador (FENACOTIP) anunció la suspensión indefinida del servicio de transporte público intra e interprovincial a escala nacional, medida que entraría en vigencia a partir de las 00:00 de este viernes 3 de julio de 2026.
La decisión fue oficializada mediante la Circular N.º 037-SEF-AGAF-2026, en la que el gremio argumenta que el sector atraviesa una grave crisis económica, provocada por la insuficiencia de ingresos para cubrir los costos operativos y la falta de respuestas oportunas por parte del Gobierno Nacional.
Según la organización, la paralización se ampara en el derecho constitucional a la resistencia y se mantendrá de manera indefinida mientras persistan las causas que motivan la protesta. Además, la dirigencia exhortó a todas las cooperativas afiliadas a mantener la unidad, actuar con responsabilidad y seguir únicamente la información emitida por los voceros oficiales de la federación.
Uno de los principales reclamos del sector es la revisión técnico-económica de las tarifas del transporte, petición que, según FENACOTIP, aún no ha recibido una respuesta concreta por parte de las autoridades. El gremio espera la instalación de una mesa de diálogo que permita encontrar soluciones antes de que la medida genere mayores afectaciones a la movilidad en el país.
ANT advierte con sanciones
Frente al anuncio de la paralización, la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) recordó que la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial considera como una infracción administrativa muy grave la interrupción o suspensión del servicio de transporte sin una causa legalmente justificada.
La entidad señaló que esta infracción puede ser sancionada con una multa equivalente a ocho remuneraciones básicas unificadas.
Asimismo, la ANT indicó que la Resolución N.º 045-DIR-2014-ANT, que regula los contratos de operación, prohíbe la suspensión del servicio, salvo en casos de fuerza mayor, caso fortuito o por disposición expresa de la autoridad competente.
La institución advirtió que, si se confirma una suspensión injustificada del servicio, iniciará los procedimientos administrativos correspondientes para determinar responsabilidades y aplicar las sanciones previstas en la normativa vigente.
Entre las medidas que podrían adoptarse constan la intervención de las operadoras, la suspensión de rutas o unidades, revisiones técnicas extraordinarias, la reevaluación de conductores e incluso la reversión de rutas, frecuencias o títulos habilitantes, cuando el interés público se vea comprometido.
Mientras tanto, las autoridades recomiendan a la ciudadanía mantenerse informada y tomar las previsiones necesarias ante una posible afectación de la movilidad a nivel nacional.

