Se instaló audiencia de juzgamiento en contra de ex prefecto de Imbabura

(Redacción Quito).- Este martes 7 de mayo a las 08:30 am se instaló la Audiencia de Juzgamiento por el presunto delito de peculado en contra de Diego García, ex prefecto de la provincia de Imbabura entre el 2009 y el 2014, por la Revolución Ciudadana, la audiencia continuó este día martes 08 de mayo y se extenderá hasta el viernes 10, en donde se evacuarán a todos los testigos de parte de la Fiscalía y del ex Prefecto.  

Según los alegatos presentados por la Fiscalía General del Estado, el ex funcionario provincial habría causado un perjuicio económico al estado por más de 180 mil dólares, al contratar a seis guardias de seguridad con dinero de la Prefectura para el cuidado de su casa. 

En su intervención, el fiscal provincial de Pichincha, Hernán Flores, mencionó que en 2009, la Prefectura de Imbabura contrató a 6 personas quienes, por disposición verbal del procesado, se desempeñaron como guardias de seguridad en su domicilio en Ibarra. Ellos efectuaban turnos rotativos de 8 horas, las 24 horas del día, inclusive los feriados.

Es decir, mientras Diego G. cumplía las funciones de Prefecto de Imbabura mantuvo un servicio de guardianía en su vivienda, el cual era cancelado con fondos públicos de la Institución a la que representaba. Según las pericias contables, el monto del perjuicio económico causado al Estado es de 182.636,11 dólares.

Cuarenta y nueve elementos de convicción presentó la Fiscalía para sustentar el dictamen acusatorio emitido en contra del exfuncionario. Entre los principales están el informe de Contraloría que determinó las irregularidades existentes en la contratación del personal, versiones de los 6 guardias de seguridad y de funcionarios del Gobierno provincial de Imbabura.

También constan los roles de pagos de las remuneraciones mensuales y beneficios de ley, un informe de la UAFE, oficios e informes de pericias contables y financieras.

En esta audiencia, Fiscalía emitió dictamen acusatorio y realizó el anuncio de las pruebas testimoniales, periciales y documentales que presentará en la audiencia de juzgamiento.

Este caso se judicializa por peculado, tipificado en el artículo 278 del Código Orgánico Integral Penal.

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