Febrero, marzo y abril no se cobrará multa por retraso en matriculación vehicular 


(Redacción Imbabura).- La Agencia Nacional de Tránsito –ANT-, ofició a alcaldesas y alcaldes a nivel nacional, indicando que de acuerdo a la norma legal vigente, dispuesta tanto en la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial –LOTTTSV-  como en el Código de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización –COOTAD-, no procede el cobro de recargos por Calendarización Vehicular hacia los usuarios, en los meses de febrero, marzo y abril del 2017, a través de los organismos competentes locales, ya que los retrasos se dan por problemas informáticos en la base de datos vehicular nacional.

La máxima autoridad del tránsito y transporte nacional, John Hill Peña, Director Ejecutivo de ANT, solicitó a través del mencionado comunicado oficial, se tome en consideración lo explicado, en razón de que el administrado no puede ser perjudicado por razones imputables a la Administración Pública.
En este sentido y en aplicación ja las normas referidas, serán las entidades locales las responsables de la correcta aplicación del proceso de matriculación vehicular.

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