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Juez ordenó el desalojo en medio de una disputa por la copropiedad que involucra a decenas de familias

(Redacción Ibarra).– La controversia por un predio ubicado en el sector de Priorato continúa generando preocupación entre decenas de familias que habitan el lugar. Lo que inició con un proceso judicial de ejecución y remate de acciones y derechos sobre el inmueble derivó esta semana en un operativo de desalojo que terminó con enfrentamientos entre ocupantes y miembros de la fuerza pública.

Según consta en el expediente judicial 10333-2015-01234, el proceso de ejecución concluyó con la adjudicación del 50% de las acciones y derechos del bien a favor de Nubia del Rocío Tatamues Enríquez. Posteriormente, el juez Pablo Enrique Vintimilla dispuso la inscripción de dicha adjudicación en el Registro de la Propiedad, dando por cumplida la fase de ejecución correspondiente al remate.

De acuerdo con la documentación revisada por los moradores, el otro 50% de acciones y derechos del inmueble pertenecería al ejecutante dentro de la causa, quien además habría actuado como depositario judicial durante el proceso.

Los habitantes sostienen que, una vez inscrita la adjudicación, el juez ya no tenía competencia para resolver controversias relacionadas con la copropiedad ni para determinar físicamente qué parte específica del terreno correspondía a la rematista. Señalan que esta posición quedó reflejada en una providencia emitida el 7 de octubre de 2025, en la que se habría negado una solicitud para que se singularizara o delimitara el 50% adjudicado, argumentando que dicho trámite debía ventilarse por otra vía judicial.

La situación tomó un giro inesperado meses después. Los afectados denuncian que, pese a haberse declarado incompetente para resolver aspectos inherentes a la división de la copropiedad, en enero de 2026 se emitió una nueva providencia que dispuso el desalojo y descerrajamiento de viviendas ubicadas dentro del predio.

Los moradores cuestionan que la medida no habría individualizado cuáles construcciones debían ser objeto de la diligencia, pese a que las viviendas se encuentran distribuidas en distintas áreas de la propiedad y no existe una partición previa que determine con precisión qué espacios corresponden al porcentaje adjudicado.

La mañana de ayer, la orden judicial fue ejecutada con el apoyo de la fuerza pública. Sin embargo, el operativo derivó en momentos de tensión y enfrentamientos entre efectivos policiales y ocupantes del predio, quienes intentaron impedir el ingreso a las viviendas.

Los residentes aseguran que muchas de las familias han habitado el sector durante varios años y que algunas cuentan con documentos de promesas de compraventa legalmente notarizadas. Además, afirman que entre los afectados existen adultos mayores, personas con discapacidad y menores de edad.

Como consecuencia del procedimiento, varias familias denunciaron haber quedado temporalmente impedidas de ingresar a sus viviendas y pertenencias.

Los habitantes reiteran su pedido de intervención a las autoridades competentes para que se revise la legalidad de las actuaciones posteriores al remate y se determine si las diligencias ejecutadas se ajustaron al marco jurídico aplicable a los casos de copropiedad.

Hasta el cierre de esta edición, no se había conocido un pronunciamiento oficial de las autoridades judiciales respecto a los cuestionamientos planteados por los moradores.

Juez deja en libertad a dos detenidos con 22 millones de dosis de ketamina en Tulcán

(Redacción Carchi).- Un juez de Garantías Penales de la provincia del Carchi dispuso la libertad de dos ciudadanos detenidos durante el operativo “Renacer”, en el que la Policía Nacional incautó más de 22 millones de dosis de ketamina en Tulcán.

El decomiso se realizó el pasado 23 de enero, en el sector Julio Andrade, cuando agentes policiales interceptaron un camión que transportaba la sustancia oculta bajo bloques en la parte posterior del vehículo, con el objetivo de evadir los controles de seguridad en la ruta hacia el norte del país.

Los aprehendidos, un ciudadano ecuatoriano y otro de nacionalidad colombiana, identificados como Luis L. y Pedro C., fueron puestos en libertad tras la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos por el presunto delito de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización. Pese al volumen récord de ketamina incautada, el juez dispuso la aplicación de medidas sustitutivas a la prisión preventiva.

Según las autoridades, el valor estimado de la sustancia supera los USD 324.000 en el mercado ecuatoriano, mientras que en otros países de la región podría alcanzar hasta USD 432.000 en Colombia y USD 216.000 en Perú. El camión utilizado para el transporte también fue decomisado como parte de la investigación.

La Policía Nacional expresó su profunda inconformidad con la decisión judicial. Un vocero de la Unidad Nacional de Investigación de Sustancias Químicas (UNISC) señaló que resulta preocupante que una cantidad tan significativa de ketamina no haya ameritado prisión preventiva. “Se trata de una sustancia controlada, utilizada como precursor para drogas sintéticas y con alto riesgo para la salud pública. Este tipo de resoluciones envía un mensaje equivocado en la lucha contra el narcotráfico”, afirmó.

La ketamina es un anestésico de uso médico y veterinario legítimo; sin embargo, en algunos países se ha popularizado como droga recreativa, conocida comúnmente como “kit kat”. Los usuarios han señalado que esta sustancia produce efectos similares a los de la PCP, generando distorsiones en la percepción visual y auditiva, así como una marcada sensación de desconexión y pérdida de control. Su consumo puede afectar los sentidos, el juicio y la coordinación hasta por 24 horas después de la ingesta, aunque los efectos alucinógenos más intensos suelen presentarse durante un lapso de entre 45 y 90 minutos.

En volúmenes como el decomisado, la ketamina suele utilizarse como precursor en la fabricación de drogas sintéticas, entre ellas el fentanilo y sus análogos, lo que representa una amenaza creciente para la región, según alertas emitidas por organismos internacionales como la ONU y la DEA.

La Fiscalía General del Estado anunció que apelará la decisión judicial y continuará con las investigaciones para determinar la ruta, el destino final de la sustancia y posibles vínculos con redes criminales transnacionales. Los indicios, incluidos los frascos plásticos y el embalaje, serán sometidos a peritajes químicos especializados.

Caso Las Malvinas se resuelve con condena de 34 años y ocho meses para 11 de los 16 militares de la FAE

(Redacción Ecuador).– Tras seis semanas de audiencia, el juez Jovanny Suárez Chávez emitió sentencia en el denominado caso Las Malvinas, declarando culpables a 16 militares de la Fuerza Aérea Ecuatoriana (FAE) por su responsabilidad en la desaparición forzada de cuatro menores, ocurrida en diciembre de 2024.

De los procesados, 11 militares recibieron la pena máxima de 34 años y ocho meses de prisión, mientras que cinco uniformados fueron sentenciados a 30 meses de cárcel tras acogerse a la figura de cooperadores eficaces, en consideración a su colaboración con la Fiscalía General del Estado. En contraste, el teniente coronel Juan Francisco I. fue declarado inocente, al no comprobarse su responsabilidad penal.

Además de las penas privativas de libertad, el Tribunal dispuso una serie de medidas de reparación integral y simbólica, entre ellas el pago de 800 salarios básicos unificados, equivalentes a 376.000 dólares, la identificación del puente donde los adolescentes habrían sido aislados, y la implementación de procesos obligatorios de capacitación en derechos humanos dentro de la institución militar.

Asimismo, se ordenó la emisión de disculpas públicas institucionales en un medio de comunicación de prensa escrita, así como la publicación de un extracto de la sentencia, tanto por parte de la FAE como de los militares sentenciados, dirigido expresamente a los familiares de las víctimas. A estas medidas se suma la colocación de una placa conmemorativa en la base militar de Taura, lugar vinculado a los hechos investigados.

La sentencia, que responde íntegramente al pedido formulado por la Fiscalía en sus alegatos finales, constituye un precedente judicial relevante en materia de derechos humanos, reafirmando el deber del Estado de garantizar justicia, verdad y reparación para las víctimas y sus familias.

Al igual que en el caso Malvinas, otro proceso judicial que concluyó con la imposición de la pena máxima ocurrió con el exteniente de la Policía Nacional Germán Cáceres, que fue condenado por el asesinato de su esposa, la abogada María Belén Bernal. El crimen, que conmocionó al país, fue sancionado con 34 años y 8 meses de prisión, la pena más alta establecida en Ecuador para el delito de femicidio, evidenciando que en ambos casos la justicia aplicó el máximo castigo previsto por la ley ante hechos de extrema gravedad.

Fiscalía retira la acusación de terrorismo contra los ’12 de Otavalo’ y reformula cargos

(Redacción Imbabura).- Durante la audiencia realizada la tarde de ayer, la Fiscalía anunció una reformulación de cargos en el proceso judicial que involucra a las 12 personas detenidas durante las manifestaciones en Otavalo.

El fiscal Galiano Balcázar, encargado del caso, informó que los procesados serán investigados por los presuntos delitos de ataque y resistencia, además de daño al bien público. La autoridad señaló que estos deberán ser demostrados durante el proceso judicial.

Por su parte, la defensa de los acusados rechazó los nuevos señalamientos, asegurando que no existen pruebas que vinculen a sus representados con los delitos mencionados.

La decisión de la Fiscalía se produjo luego de descartar el delito de terrorismo, al no encontrarse elementos que sustenten la acusación presentada originalmente por el Gobierno Nacional, en el contexto del Paro Nacional de 2025.

La audiencia de reformulación de cargos se llevará a cabo el próximo 19 de noviembre, fecha en la que además se dará a conocer el dictamen final sobre el hábeas corpus solicitado a favor de Luis Jácome, que continúa privado de libertad en la cárcel de Ibarra.

Juez de la Unidad de Garantías Penales de Imbabura, declaró improcedente la acción de protección que pretendía frenar la venta de terreno adjunto en el parque Céntrica

(Redacción Imbabura).- La mañana de este jueves 21 de marzo del 2024 se reinstaló la audiencia de acción de protección, interpuesta por un grupo de ciudadanos de Ibarra, la misma que pretendía detener el proceso de venta de un terreno adjunto al parque Ciudad Blanca.

La acción de protección por sorteo de ley recayó en el doctor Mauricio Cahueñas, juez de la Unidad de Garantías Penales de Imbabura, quien luego de leer todas las motivaciones jurídicas y en apego a la ley declaró improcedente esta acción por no existir vulneración de derechos.

El juez que conoció la causa determinó que no se vulneraron derechos constitucionales y de la seguridad jurídica, por lo que calificó de legal todo el procedimiento jurídico administrativo que envuelve la venta del terreno.

Además, luego de analizar toda la documentación presentada el juez determinó que no encontró falencias en el proceso administrativo que llevó adelante la municipalidad de Ibarra.

Más de dos horas le tomo al juez argumentar su decisión, y dar su veredicto.

Finalmente se determinó que el terreno en venta no pertenece al parque y por ende se trata de un bien público de dominio privado. ​

El juez recalcó además en su decisión final que el grupo de ciudadanos no pueden interponer una acción de protección a nombre de toda la ciudad de Ibarra, y determinó que no existe vulneración de derechos constitucionales ni individuales ni colectivos.

Juez calificó el delito flagrante y ordenó el traslado de Yordis Lozada a la cárcel de Latacunga

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(Redacción Ibarra).- Yordis Rafael Lozada, llegó a la audiencia de formulación de cargos, bajo un estricto control policial y además resguardado con un chaleco antibalas y un casco.

El ciudadano venezolano que terminó con la vida de la joven Diana Ramirez Reyes en Ibarra, cumplirá prisión preventiva en el Centro de Rehabilitación Social de Latacunga, en el trancurso de tiempo que dure la instrucción fiscal, por el delito de femicidio.

El procesado fue trasladado con grupos tácticos del Grupo de Intervención y Rescate, GIR, y del Grupo de Operaciones Especiales, GOE hacía el centro del país.

Las unidades de la Cooperativa San Gabriel dejarán de circular

(Redacción Imbabura).- El viernes 26 de enero del 2018, se llevó a cabo la audiencia de llamamiento a juicio del caso de Muerte Culposa del accidente de la Cooperativa San Gabriel.

En esta audiencia la Dra. Dora Mosquera, Jueza de la Unidad Penal de Otavalo, dictó el auto de llamamiento a juicio a Joffre C. y Jairo P, dos implicados en accidente de tránsito, el mismo que dejó 14 personas fallecidas y más de 40 heridas.

Dentro del desarrollo del Juicio la Juez Mosquera ordenó el congelamiento de las cuentas de la Cooperativa San Gabriel, además de la prohibición de la enajenar bienes de la Cooperativa.

En este proceso la Doctora, oficia a la Agencia Nacional de Tránsito a nivel Nacional, cómo también a nivel de Imbabura, para que proceda a suspender temporalmente el permiso de operación de la Cooperativa San Gabriel, mientras se lleva a cabo el juicio.

Santiago Suárez, director de provincial de la Agencia Nacional de Tránsito mencionó que se encuentran a la espera de la resolución de la Unidad Penal de Otavalo para proceder, al tiempo de mencionar de que si bien el accidente se produjo en Imbabura, el debe comunicar al director de la Agencia Nacional de Tránsito en la provincia del Carchi, para que proceda a dar cumplimiento de lo estipulado en la resolución judicial.

“Nosotros estamos expectantes de la resolución de la Dra. Dora Mosquera, cuando llegue a nuestro conocimiento la enviaremos inmediatamente a la provincia del Carchi, para que se haga cumplir la resolución” finalizó.

Hizo referencía directa al pueblo indígena de Otavalo. Sus declaraciones han causado indignación en Imbabura 

(Redacción Imbabura).- La Cancillería ecuatoriana convocó al encargado de negocios de la Embajada de Argentina en el país después de que su embajador hiciera declaraciones ofensivas a medios argentinos en las que se refirió a los ecuatorianos como “mugrientos”.
En un comunicado —publicado este martes 24 de octubre— la Cancillería de Ecuador rechaza las declaraciones del embajador de Argentina en Quito y señala que la viceministra de Exteriores, Integración Política y Cooperación Internacional, Lourdes Puma Puma, convocó hoy al encargado de negocios de la sede diplomática de Argentina, Carlos Catella, debido a la ausencia de su titular.
La diplomática expresó su enfático “rechazo y disgusto del Gobierno del Ecuador por las aseveraciones emitidas a la prensa argentina por el señor Luis Alfredo Juez, embajador de Argentina en Ecuador, que ofenden la dignidad del pueblo ecuatoriano y que contradicen el respeto y la amistad que deben regir las relaciones entre los dos países”.
El embajador argentino hizo unas declaraciones a los medios en la ciudad de Mendoza, en las que manifestó que debía cambiarse de indumentaria para no parecer un “mugriento”, por “adquirir hábitos ecuatorianos”.

Interpelado posteriormente por sus comentarios, el diplomático insistió en que se trata de una descripción de las etnias ecuatorianas, de acuerdo a los medios de su país.
“Una de las más conocidas es el pueblo Otavalo. Ellos se visten a la mañana del sábado y están todo el fin de semana con la misma ropa. Me refería a eso, para no estar todo el día con el mismo atuendo pase por casa a cambiarme”, dijo el embajador.
La Cancillería ecuatoriana consideró “inaceptable que un representante del más alto nivel de un Estado se refiera, una vez más, de manera ofensiva a los ciudadanos del país que le ha recibido con consideración y amistad y en donde su actividad debe estar guiada hacia el fortalecimiento de los lazos políticos, económicos y de cooperación, y no a agraviar reiteradamente a los ecuatorianos”.
El embajador del Ecuador en Buenos Aires fue instruido a entregar similar nota de protesta ante la Cancillería argentina.