Agentes de tránsito controlarán el uso del taxímetro en Ibarra

Ibarra.- La carrera mínima en el día es de 1.25 y en la noche de 1.50. |Foto: Referencial

Ibarra.- La carrera mínima en el día es de 1.25 y en la noche de 1.50. |Foto: Referencial

(Redacción Ibarra).- El uso del taxímetro calibrado para las nuevas tarifas rige sin más plazos. Los conductores de taxi deben activar  el taxímetro cada vez que un usuario ingresa al vehículo. El usuario debe cancelar la tarifa mínima de 1.25 en el día y 1.50 en la noche y exigir el comprobante impreso.

Los  operativos  para  controlar  el  uso  del  taxímetro  en  el  servicio  de  transporte comercial de taxi se retoma con fuerza desde hoy. Luego de que se cumpliera el plazo para la re calibración de los taxímetros con las nuevas tarifas aprobadas, la Empresa Pública de Movilidad del Norte inicia los operativos de control de taxímetros en las unidades de taxi convencional y ejecutivo en el cantón Ibarra.

Los Agentes Civiles de Tránsito serán quienes desarrollen  los operativos en la calles de la ciudad. Los controles comprobarán el uso obligatorio de los taxímetros en todas las unidades y verificarán la correcta calibración, operatividad de los equipos y el pago del usuario en relación al kilometraje que recorrió el vehículo y el costo de la carrera, esto a fin de garantizar  a  la  ciudadanía  que  el  servicio  sea  de  calidad  y,  que  la  tarifa  cobrada corresponda a los kilómetros que el usuario recorrió.

Marcelo Andrade, presidente de la Unión de Taxi de Imbabura, explicó que las 868 unidades pertenecientes a este gremio ya cuentan con los taxímetros homologados a las nuevas tarifas.

Marcelo  Pozo,  gerente  de  cliente  externo  de  la  Empresa  Pública  de  Movilidad  y encargado de los  operativos  de control,  señaló que los  Agentes  Civiles  de Tránsito sancionarán  de  acuerdo  al  Art.  390  N°9  del  Código  Integral Penal  sobre contravenciones de tránsito de quinta clase que establece que los infractores serán sancionados con multa equivalente al quince por ciento de un salario básico unificado del trabajador en general y reducción de cuatro puntos en su licencia de conducir  cuando  la  o  el  conductor  de  un  taxi,  que  no  utilice  el  taxímetro  las veinticuatro  horas, altere  su  funcionamiento  o  no lo  ubique  en  un  lugar  visible  al usuario. (Comunicación Movidelnor)

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