El presidente de la República anunció medidas para enfrentar la delincuencia en el país


(Redacción Guayaquil).- El presidente Guillermo Lasso anunció este 1 de abril varias medidas para superar la crisis de seguridad que azota a Ecuador, que incluye las armas para defensa personal.
Lasso expresó que se modificó el decreto que permite la tenencia y el porte de armas de uso civil para defensa personal. El gas pimienta en aerosol queda autorizado para la defensa personal.
“Hemos modificado el decreto que permite la tenencia y porte de armas, es decir, en término general se autoriza la tenencia y porte de armas de uso civil para defensa personal de acuerdo con los requisitos de ley y reglamento”, dijo el mandatario.
La fabricación de armas artesanales queda prohibida, así como su tenencia. Se establecen controles y registro informático, mientras que la Secretaría de Seguridad Pública “asumirá las acciones de coordinación”. Los guardias de seguridad privada apoyarán a la Policía con la vigilancia y la seguridad. Podrán portar armas en sus puestos de trabajo y en zonas cercanas.
El apartado legal que se modifica es el Artículo 84 del Reglamento de la Ley sobre Armas, Municiones, Explosivos y Accesorios. El texto dice: “Los permisos para porte o tenencia de armas de fuego para personas naturales y jurídicas tendrán una validez de dos y cinco años respectivamente, y para su renovación deberán cumplir con lo dispuesto en el presente reglamento y lo dispuesto en el Acuerdo Ministerial que el Ministro de Defensa emita para el efecto”.
¿Cuáles son los requisitos para tener armas de uso civil?
- Cumplir 25 años de edad.
- Certificado de la prueba psicológica emitido por el Ministerio de Salud Pública.
- Certificado de destreza en el manejo y uso del arma emitido por el Ministerio de Defensa Nacional.
- No haber sido sentenciado con sentencia ejecutoriada condenatoria por la comisión de un delito.
- No registrar antecedentes de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar.
- Certificado de superar el examen toxicológico, que determine que la persona no ingiere sustancias sujetas a fiscalización o no es alcohólica, emitida por el Ministerio de Salud Pública.
Además, aunque se obtenga el permiso, el porte está prohibido en manifestaciones, reuniones, asambleas, juntas y más actos públicos.
¿Quiénes no tienen permiso?
- Interdictos.
- Dementes, aunque no estén bajo interdicción.
- Fallidos, mientras no hayan sido rehabilitados.
- A quienes carecen de domicilio en Ecuador.
- A quienes no hubieren merecido el informe favorable de la Dirección de Inteligencia del Comando Conjunto.
Tipos de armas de uso civil Según la ley, las armas se dividen en: armas de guerra (solo las usan las Fuerzas Armadas), de uso restringido (solo las usa la Policía) y las armas de uso civil.
Estas son las armas de uso civil en Ecuador para defensa personal:
- Pistolas hasta el calibre 9mm; semiautomáticas, con alimentadores de hasta 10 proyectiles.
- Revólver hasta el calibre 38.
- Escopetas recortadas del calibre 10 al 410 o sus equivalentes.