Arresto domiciliario para los involucrados en el secuestro del ex concejal de Ibarra

(Redacción Ibarra).- El pasado 05 de junio de 2021 fue una fecha extremadamente dura para Ibarra, Carlos Arias ex concejal de la ciudad, fue secuestrado por un grupo criminal en el sector de Tanguarín mientras realizaba ciclismo; deporte que lo practicaba cada fin de semana según sus familiares.

Posteriormente, tras 2 meses y 7 días de permanecer secuestrado, Carlos Arias fue liberado por agentes de la Policía Nacional, en un contundente operativo desarrollado en un sector selvático denominado El Chical, una parroquia ubicada en el cantón Tulcán al noroccidente de la provincia del Carchi.

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Después de su liberación, se realizó el respectivo proceso judicial donde, en base al expediente, dictaron sentencia condenatoria en contra de los ciudadanos Chiran Quilisman Luis Gilberto, España Jojoa Herlinto Aldemar, Rodríguez Ortega Jhon Aldair y Cabezas Criollo Manuel Mecias a 17 años y 4 meses de prisión.

A partir de allí, en noviembre de 2022, los acusados interponen el recurso de Hábeas Corpus, mismo que  tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, argumentando que: “….no cumplirse el plazo razonable para la elaboración y notificación de la sentencia escrita, que imposibilitaba a los accionantes a interponer sus recursos, se vulneraron el derecho al debido proceso y la defensa, que se relacionan con la interposición de recursos que pudieran varias la situación jurídica de los legitimados activos”.

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Por esta razón, el Tribunal Quinto de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, emitieron las siguientes sentencias:

9.1.-) Declarar la vulneración de derechos constitucionales en la forma que lo determinan el Art. 89 de la Constitución de la República; y, 43 y 45 de la Ley Orgánica de Garantía Jurisdiccionales y Control Constitucional.- 9.2.-) Declarar procedente y consecuentemente aceptar parcialmente la acción de Hábeas Corpus,  y, 9.3.-) Disponer como reparación integral lo siguiente: a.-) El arresto domiciliario de los ciudadanos ESPAÑA JOJOA HERLINTON ALDEMAR, y LUIS GILBERTO CHIRAN QUILISMAL, con vigilancia policial permanente…”,  y que una vez cumplidas las formalidades del caso se disponga el traslado de los sentenciados al sitio donde cumplirán las medidas sustitutivas, revocarán el auto de prisión preventiva que pesan en contra de ellos, que es sustituido por el arresto domiciliario y girarán de manera inmediata las boletas de excarcelación ,disponiendo además a las autoridades migratorias que se prohíbe la salida del país de los involucrados en este sonado caso en Imbabura, disponen además el uso de grilletes electrónicos por parte del SNAI, en virtud de la disponibilidad que se posea, pero que en el en caso de que no existiera disponibilidad de estos dispositivos no será impedimento para que se cumpla el arresto domiciliario, con vigilancia policial permanente…”.

Hasta el momento no hay un pronunciamiento oficial del ex concejal Carlos Arias con respecto a esta decisión judicial.

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