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Cuatro personas en una motocicleta: una escena cotidiana en Ibarra que pone vidas en riesgo

(Redacciòn Ibarra).- Es una imagen que se repite a diario en diferentes calles de la ciudad. Padre al volante, madre como pasajera, un niño sostenido en brazos y otro menor sentado sobre el tanque de combustible. En muchos casos, ninguno utiliza casco de protección.

Aunque para algunos se ha convertido en una escena «normal» debido a la necesidad de movilizarse, especialistas en seguridad vial advierten que esta práctica representa un alto riesgo, especialmente para los menores de edad, quienes son los más vulnerables en caso de una caída o un siniestro de tránsito.

La normativa ecuatoriana es clara. El Reglamento a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial establece que conductores y pasajeros de motocicletas están obligados a utilizar casco de seguridad homologado correctamente colocado durante todo el recorrido. No utilizar casco de seguridad homologado, tanto el conductor como el pasajero, constituye una contravención de tránsito sancionada con una multa equivalente al 30 % del Salario Básico Unificado que corresponde USD 144,60. Además, la normativa dispone la reducción de seis puntos en la licencia de conducir del infractor.

En cuanto al transporte de más personas de las permitidas por la capacidad de la motocicleta, la legislación también contempla una multa equivalente al 30 % del SBU (USD 144,60), al tratarse de una contravención de tránsito.

Por otra parte, el Reglamento a la Ley de Transporte Terrestre establece que los pasajeros deben ocupar únicamente el asiento destinado para ellos y ubicarse detrás del conductor. Está prohibido viajar sobre el tanque de combustible o entre el conductor y el manubrio. Cuando estas disposiciones no se cumplen, el vehículo puede ser retenido por la autoridad hasta que se subsane la infracción.

Más allá de una posible sanción, el principal problema es el riesgo que implica esta forma de movilización. En una motocicleta no existen estructuras de protección como las que ofrece un automóvil. Una frenada brusca, una colisión o incluso una maniobra para esquivar un obstáculo puede provocar que los menores salgan despedidos, con consecuencias que pueden ser fatales.

La seguridad vial no depende únicamente de los controles de las autoridades. También requiere conciencia ciudadana y responsabilidad de quienes utilizan este medio de transporte. Un viaje de pocos minutos puede cambiar una vida para siempre cuando se ignoran las normas básicas de protección.

Cobro de recargo por pago con tarjeta de crédito es ilegal y puede ser denunciado

(Redacciòn Ecuador).- Cada vez es más frecuente que consumidores se encuentren con una sorpresa al momento de cancelar un producto o servicio: el establecimiento les informa que deberán pagar un recargo adicional por utilizar una tarjeta de crédito. Aunque muchos aceptan el cobro para evitar inconvenientes, esta práctica es ilegal en Ecuador.

De acuerdo con la normativa vigente de la ley del consumidor en el Art. 50.- Pagos con Tarjeta de Crédito se establece que El precio para el pago con tarjeta de crédito, será el mismo precio que al contado. Toda oferta, promoción, rebaja o descuento exigible respecto a la modalidad de pago al contado, será también exigible por el consumidor que efectúa pagos mediante el uso de tarjetas de crédito, salvo que se ponga en su conocimiento oportuna y adecuadamente, en la publicidad o información respectiva y de manera expresa, lo contrario.

En 2016, mediante una resolución de la Junta de Política y Regulación Monetaria, se estableció que las comisiones derivadas de este servicio deben ser asumidas por el comercio y no por el consumidor.

Especialistas señalan que algunos negocios aplican estos recargos con el objetivo de mantener mayor liquidez y reducir los costos asociados a las transacciones electrónicas. Sin embargo, esta decisión no puede afectar el precio final que paga el cliente.

También se ha aclarado que la Superintendencia de Bancos no es la entidad encargada de controlar este tipo de prácticas, ya que el contrato por la prestación del servicio de tarjetas de crédito corresponde a la relación entre los establecimientos y las instituciones financieras emisoras.

Ante esta situación, la Defensoría del Pueblo ha exhortado a la ciudadanía a denunciar los casos en los que se cobren valores adicionales por pagar con tarjeta de crédito, recordando que el precio anunciado debe ser el mismo que el consumidor cancele, independientemente del medio de pago utilizado.

Las autoridades recomiendan a los consumidores solicitar comprobantes de pago y conservar cualquier evidencia que permita sustentar una denuncia en caso de que se les cobre un recargo no autorizado.

¿Girar a la derecha con semáforo en rojo se puede? Esto dice la ley en Ecuador

(Redaccion Ecuador).– La posibilidad de girar a la derecha con el semáforo en rojo continúa generando dudas entre conductores en Ecuador. Mientras algunos ciudadanos consideran que la maniobra está prohibida, otros aseguran que sí está permitida por la normativa vigente.

El artículo 213 del Reglamento a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial autoriza a los conductores a virar a la derecha con luz roja en el semáforo, siempre que no existan vehículos circulando en sentido contrario y extremando precauciones bajo su estricta responsabilidad.

Sin embargo, especialistas en tránsito aclaran que la norma no significa que los conductores puedan avanzar sin detenerse o ignorar otras disposiciones de seguridad vial. Antes de realizar el giro, el conductor debe reducir completamente la velocidad, verificar que no existan peatones cruzando y asegurarse de que no haya señalización que prohíba expresamente la maniobra.

Las autoridades recuerdan que el peatón siempre tiene prioridad y que el conductor será responsable en caso de provocar un accidente o poner en riesgo a otras personas.

Además, un agente de tránsito sí puede detener a un conductor si considera que el giro fue realizado de manera imprudente, sin precaución o incumpliendo señales existentes en la vía. En esos casos podrían emitirse sanciones relacionadas con conducción peligrosa o desacato a la señalización de tránsito.

La confusión sobre este tema se ha incrementado en redes sociales, donde muchos usuarios afirman haber sido advertidos o cuestionados por agentes pese a que la maniobra sí consta dentro del reglamento nacional.

Operativos nocturnos reducen consumo de alcohol en espacios públicos de Ibarra

(Redacción Ibarra).- Aunque durante años fue común observar a grupos de personas consumiendo alcohol en espacios públicos de Ibarra tras el cierre de bares, discotecas y karaokes —alrededor de las 22:00— esta práctica ha comenzado a disminuir gracias a los controles municipales y las medidas implementadas por la Alcaldía.

Calles, parques, veredas e incluso vehículos estacionados se convertían con frecuencia en puntos improvisados para libar, especialmente durante los fines de semana. Uno de los sectores donde más se evidenciaba esta situación era en los alrededores del parque Ciudad Blanca, lugar donde se concentraban ciudadanos junto a autos y motocicletas, acompañados de música y bebidas alcohólicas.

Estas reuniones informales no solo generaban ocupación del espacio público, sino que también incrementaban el riesgo de incidentes, sobre todo cuando el consumo de alcohol se mezclaba con la conducción.

Sin embargo, autoridades locales han reforzado los operativos de control en coordinación con la Policía Nacional y la Agencia de Tránsito, realizando recorridos permanentes para dispersar concentraciones de libadores y prevenir conductores en estado etílico.

Además, desde la Alcaldía de Ibarra se implementó la colocación de vallas metálicas en puntos estratégicos del parque Ciudad Blanca, restringiendo el acceso vehicular en determinadas zonas. Según ciudadanos y autoridades, estas acciones han contribuido a reducir considerablemente este tipo de concentraciones nocturnas.

Libar en la vía pública continúa siendo una contravención sancionada por la ley ecuatoriana. A nivel nacional, las multas pueden superar los 140 dólares, mientras que en Ibarra la ordenanza municipal contempla sanciones cercanas al 10% de la Remuneración Básica Unificada. En casos donde existan riñas o alteración del orden público, incluso pueden registrarse detenciones.

Controles ambientales limitan la venta de palma de cera por Domingo de Ramos

(Redacción Ibarra).- En Ibarra, en vísperas de la celebración del Domingo de Ramos, era habitual ver a decenas de comerciantes ubicados a lo largo de la avenida Fray Vacas Galindo, frente al mercado La Playita, ofreciendo ramos y adornos elaborados con palma de cera. Cada año, varias familias ibarreñas acudían desde temprano para adquirir estos arreglos como parte del ritual previo a la celebración religiosa.

Sin embargo, esta práctica ha ido desapareciendo debido a los controles ambientales y a una mayor conciencia ciudadana. El uso de ramos en Semana Santa se remonta a los primeros siglos del cristianismo y está inspirado en un pasaje bíblico, la entrada de Jesús a Jerusalén, cuando la gente lo recibió con ramas de palma como símbolo de reconocimiento. Por tanto, esta tradición no se originó en Ecuador ni en América. La palma es una especie propia de Medio Oriente, pero con el paso del tiempo, en distintas regiones se comenzaron a utilizar ramas locales como olivo, sauce u otras. En la región andina, donde no existen palmas de ese tipo, países como Ecuador, Colombia y Perú adoptaron la palma de cera por ser la especie más similar y disponible en los Andes, utilizándola durante décadas.

Es por esta razón que la palma de cera ha reducido significativamente su presencia en los bosques andinos, siendo considerada una especie amenazada y en peligro de extinción. Su lenta regeneración, que puede tardar aproximadamente 80 años en alcanzar su madurez reproductiva, dificulta su recuperación a corto plazo tras la intervención humana. Además, esta especie cumple un papel fundamental en el ecosistema, ya que es el hábitat de anidación del loro orejiamarillo.

Debido a su importancia ecológica, su uso, transporte y comercialización están prohibidos en el país. El Código Orgánico Integral Penal (COIP), en su artículo 247 sobre delitos contra la flora y fauna silvestres, establece penas privativas de libertad de uno a tres años para quienes cacen, trafiquen, transporten o comercialicen especies, partes o derivados de flora o fauna silvestre amenazada o en peligro de extinción, con el fin de proteger la biodiversidad.

En Imbabura, el Ministerio del Ambiente y Energía, en coordinación con la Policía Nacional, ejecuta operativos de control en los días previos al Domingo de Ramos para evitar la deforestación de este recurso natural.

Hoy, en lugar de palma de cera, los ciudadanos optan por alternativas como romero, laurel, trigo, maíz o incluso arreglos artesanales con plantas locales. En algunos puntos de Ibarra, estos nuevos ramos ya forman parte de la oferta de los comerciantes, manteniendo el simbolismo sin generar impacto ambiental.

Sancionan al GAD de Antonio Ante con más de 35 mil dólares por irregularidades en uso de suelo

(Redacción Antonio Ante).- La Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (SOT) sancionó al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Antonio Ante con una multa de USD 35.525,88 tras detectar irregularidades en la transformación de la clasificación del suelo en su territorio.

Según el organismo de control, el municipio modificó la categoría de aproximadamente 2.134 hectáreas —originalmente destinadas a uso agrario— hacia suelo urbano y de expansión urbana sin cumplir los procedimientos establecidos en la normativa vigente.

El análisis técnico y jurídico determinó que estas modificaciones fueron incorporadas en el Plan de Uso y Gestión de Suelo (PUGS), sin contar con requisitos clave como la autorización previa de la Autoridad Agraria Nacional, informes técnicos habilitantes y otros parámetros obligatorios. En total, se incumplieron cinco de los seis requisitos exigidos por la ley.

La SOT concluyó que estas acciones constituyen una infracción al ordenamiento territorial, conforme a la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo (LOOTUGS). Además de la multa económica, la entidad dispuso como medida de reparación que el GAD adecúe su planificación territorial al marco legal vigente.

El expediente también fue remitido al Ministerio de Agricultura y Ganadería, que podría intervenir dentro de sus competencias para evaluar posibles acciones adicionales y fortalecer la política pública en esta materia.

La Superintendencia advirtió que este tipo de incumplimientos no solo vulneran la normativa, sino que también pueden afectar la sostenibilidad del territorio y la soberanía alimentaria, al alterar el uso de suelos rurales destinados a la producción agrícola. Finalmente, la institución aclaró que el municipio tiene derecho a impugnar la resolución por las vías administrativas o judiciales correspondientes.

Desde la administración del GAD Municipal de Antonio Ante, mediante un comunicado oficial, señaló que las observaciones emitidas por el organismo de control corresponden a procesos de planificación territorial ejecutados en el periodo 2019-2023, y que la actual gestión ha emprendido acciones desde noviembre de 2025 para corregir dichas situaciones, garantizar el cumplimiento de la normativa vigente y fortalecer una administración transparente y responsable.

Video viral en Quito abre debate sobre derecho a la intimidad y la difusión de procedimiento policial

(Redacción Ecuador).- La difusión de un video en el que se observa a una pareja manteniendo relaciones sexuales dentro de un vehículo en Quito ha reactivado el debate sobre los límites legales de este tipo de actos en espacios públicos y el alcance de la intervención policial. El hecho se registró en el sector de La Mariscal, cerca de la Plaza Foch, donde agentes de la Policía Nacional, durante un patrullaje nocturno, sorprendieron a la pareja en el interior de un automóvil estacionado.

En Ecuador, mantener relaciones sexuales dentro de un vehículo en un espacio público no constituye un delito, ya que esta conducta no está tipificada en el Código Orgánico Integral Penal (COIP). No obstante, los ocupantes podrían estar expuestos a sanciones administrativas de carácter municipal por el uso indebido del espacio público, así como a intervenciones derivadas de denuncias ciudadanas si se considera que el acto afecta el orden público o la convivencia.

Además, podrían generarse otras infracciones si el vehículo se encuentra estacionado en un lugar no permitido o agravantes como la participación de menores de edad, la falta de consentimiento o la presencia de violencia, casos en los que se configuraría un delito contra la integridad sexual.

Expertos señalan que, si bien los agentes están facultados para realizar controles en espacios públicos, deben actuar bajo principios de proporcionalidad y respeto a los derechos ciudadanos. La Constitución ecuatoriana garantiza el derecho a la privacidad, la honra y la imagen personal. Aunque un vehículo no tiene la misma protección que un domicilio, sí existe una expectativa razonable de intimidad que exige intervenciones prudentes.

CASOS ANTERIORES EN EL PAÍS

En marzo de 2022, se difundió un video en el que se observaba a una pareja manteniendo relaciones sexuales dentro de un vehículo estacionado en un terreno baldío en Guayaquil, situación en la que intervinieron agentes de la Autoridad de Tránsito Municipal (ATM). En ese entonces, la entidad aclaró que el material no fue grabado por su personal, sino que fue difundido por un ciudadano.

Otro hecho ocurrió el 24 de junio de 2023, cuando una pareja fue captada manteniendo relaciones sexuales en una cabina de la Aerovía, un sistema que prohíbe expresamente la realización de “actos indebidos que atenten contra las buenas costumbres”. El video fue posteriormente viralizado en redes sociales por un operador, a partir de imágenes obtenidas del sistema de vigilancia del Consorcio Aerosuspendido Guayaquil.

En estos casos, la difusión de este tipo de contenido sin consentimiento podría constituir el delito de violación a la intimidad, sancionado con penas de uno a tres años de prisión, de acuerdo con el artículo 178 del COIP. En el ámbito administrativo, algunos municipios han regulado estas conductas; por ejemplo, el Municipio de Pastaza mantiene vigente, desde 2016, una ordenanza que prohíbe mantener relaciones sexuales en espacios públicos como calles, plazas, aceras, parques y escenarios deportivos.

Este nuevo suceso en Quito evidencia los vacíos y límites de la normativa ecuatoriana frente a conductas en espacios públicos. Aunque mantener relaciones sexuales dentro de un vehículo no constituye un delito penal, sí puede generar sanciones administrativas y la intervención de las autoridades cuando se considera que afecta el orden o la convivencia. Sin embargo, la polémica se centra en el manejo del procedimiento y la posible vulneración a la intimidad, especialmente por la grabación y difusión del hecho.

Modifican material institucional en Otavalo tras observaciones sobre uso del nombre de la alcaldesa

(Redacción Otavalo).- Nuestra redacción evidenció en varios eventos y actividades oficiales —entre ellos la promoción del Pawkar Raymi 2026, realizada el 14 de enero de este año— el uso reiterado del nombre de la alcaldesa Anabel Hermosa en distintos materiales promocionales pertenecientes a la Alcaldía Ciudadana de Otavalo.

En dichos espacios públicos fue posible observar stands, roll-ups, backing, carpas inflables, arcos inflables, tótems y otros elementos visuales donde el nombre de la primera autoridad del cantón destacaba de manera visible junto a la identificación institucional.

Al revisar la información disponible en el Sistema Nacional de Contratación Pública, se constató que el 4 de diciembre de 2025, desde la Unidad de Comunicación municipal, en proceso de ínfima cuantía, se adquirieron dichos bienes antes mencionados, destinados a la difusión de acciones institucionales.

El contexto cobra especial relevancia si se considera lo establecido en el artículo 219 del Código de la Democracia, que prohíbe a servidores e instituciones públicas utilizar recursos o bienes públicos para promocionar nombres u organizaciones políticas dentro de instituciones, obras o proyectos bajo su responsabilidad.

Lo que cambió:

En actividades y apariciones públicas más recientes de la alcaldesa, se ha evidenciado un giro llamativo, puesto que en parte del material físico, el nombre “Anabel Hermosa Alcaldesa” aparece cubierto con un parche, reemplazado por un logo circular con la frase “Cumplimos”.

En plataformas digitales institucionales, como la cuenta oficial de Facebook de la Alcaldía, continúan visibles etiquetas como #OtavaloHermosa y #OtavaloHuyaylla, por lo que el debate se mantiene abierto sobre los alcances y límites de la comunicación pública en la provincia.

Antes de nuestra nota periodística:

Posterior a nuestra nota periodística:

Movidelnor puso en marcha el proceso de abandono y chatarrización de motocicletas

(Redacción Ibarra).- 258 motocicletas que hayan permanecido más de tres años en los Centros de Retención Vehicular (CRV) de la Empresa Pública de Movilidad del Norte (Movidelnor EP) serán sometidas a un proceso de chatarrización, previa declaración de abandono. El plazo para que los propietarios retiren sus vehículos termina el próximo 15 de enero.  Así lo anunció la institución en un comunicado publicado el lunes pasado en sus redes sociales.

La institución ejecutará por segunda ocasión un proceso de chatarrización masiva, luego de que en la primera intervención se destruyeran 347 motocicletas que permanecían en condición de abandono en los Centros de Retención Vehicular (CRV).

Actualmente se desarrolla la primera fase del proceso, correspondiente a la declaratoria de abandono, cuyo objetivo principal es liberar espacio físico en los CRV, evitar el hacinamiento vehicular y cumplir con la normativa legal vigente, explicó Santiago Chiriboga, gerente general de Movidelnor.

El listado de las motocicletas que serán declaradas en abandono se encuentra publicado en la página web institucional www.movidelnor.gob.ec, con el fin de que los propietarios puedan verificar si su vehículo consta en el registro y proceder a su retiro dentro del plazo establecido por la ley, que es de 10 días contados desde la publicación.

De acuerdo con la normativa, los propietarios legítimos o sus apoderados podrán realizar la liberación de los vehículos hasta el 15 de enero de 2026, fecha límite antes de que se oficialice la declaratoria de abandono. Una vez cumplido este plazo, la institución procederá conforme a la Ley, señaló Chiriboga.

La fase final del proceso, que consiste en la destrucción física de las motocicletas mediante aplastamiento, será ejecutada por un gestor ambiental autorizado y se llevará a cabo una vez concluida la etapa de abandono.

Emerson Ubidia, gerente de operaciones de tránsito de Movidelnor, explicó que, para retirar los vehículos, los propietarios deberán presentar documento de identidad y matrícula originales, correo electrónico y, en caso de apoderamiento, un poder especial notariado. Asimismo, deberán cancelar los valores pendientes por matrículas, citaciones y costos de garaje generados en los patios de retención. El costo diario por garaje para motocicletas actualizado es de 3,55 incluido IVA, según tarifario de la empresa pública.

El funcionario dijo que el pago de esos haberes puede resultar más costoso que el propio valor comercial de las motos. Algunos de estos vehículos están retenidos desde el 2014.

Consumidores denuncian publicidad engañosa en Black Friday trás espera y largas filas

(Redacción Ecuador).- En distintos puntos del país se han registrado largas filas de personas que, incluso desde la noche anterior, pernoctan en los exteriores de centros comerciales con la intención de ingresar primero y aprovechar las promociones anunciadas por el Black Friday, una jornada comercial que se celebra cada año a nivel mundial y que promete rebajas significativas en una amplia variedad de productos.

El Black Friday, conocido en español como “Viernes Negro”, es uno de los eventos de compras más concurridos del año, impulsado por intensas estrategias de marketing que destacan descuentos agresivos y ofertas limitadas. Sin embargo, esta edición ha generado descontento entre numerosos ciudadanos, quienes aseguran que muchos de los supuestos descuentos no representan una reducción real en los precios.

De acuerdo con los reportes de los propios consumidores, varios artículos mantienen los mismos valores que en semanas anteriores, lo que ha despertado indignación y la percepción de que ciertos establecimientos estarían recurriendo a publicidad engañosa para atraer clientes sin ofrecer rebajas efectivas. Incluso se denuncia que algunos locales elevan previamente los precios para luego simular descuentos que, en realidad, no existen, aprovechándose de la temporada de alta demanda.

Las denuncias se han multiplicado en redes sociales, donde usuarios comparten fotografías de etiquetas, comparaciones de precios previos y testimonios que evidenciarían la falta de rebajas reales. Ante este panorama, se recuerda que la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor prohíbe expresamente la publicidad engañosa y exige que las promociones reflejen reducciones auténticas. El organismo encargado de recibir denuncias, investigar y solicitar sanciones es la Defensoría del Pueblo, a través de sus delegaciones provinciales; no obstante, en la práctica, los controles suelen ser limitados y muchos consumidores no presentan formalmente sus quejas.

Por ello, se exhorta a la ciudadanía a mantenerse alerta, evitar dejarse llevar por ofertas que podrían no ser reales y denunciar estas prácticas para prevenir abusos y fortalecer la protección de los derechos del consumidor en el país.

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