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Copia de la cédula y papeleta de votación se eliminarán en trámites burocráticos

(Redacción Nacional).- En cumplimiento a la política de simplificación de trámites, todas las instituciones de la Función Ejecutiva deberán eliminar de sus requisitos para realizar trámites o gestiones administrativas la copia de cédula de identidad y papeleta de votación, así lo indicó Eduardo Jurado, secretario general de Presidencia, en una entrevista con PúblicaFM.
Según Jurado, se dispuso que en un lapso máximo de 15 días, la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (Dinardap) habilite el acceso a la base de datos del Registro Civil y del Consejo Nacional Electoral, a todas las instituciones públicas, con el fin de que  puedan acceder a los datos de la ciudadanía y de esta manera evitar solicitar requisitos innecesarios.
La Disposición General Única del Decreto 372 se prohíbe a todas las entidades que dependan de la Función Ejecutiva “exigir documentos o certificados que sean producidos o se encuentren a cargo de las entidades comprendidas dentro de este ámbito para la realización de trámites o gestiones administrativas”. Y para ello se recurrirá a los respectivos portales institucionales y de interconexión de información de registro de datos públicos y acceso a otro tipo de registro de datos públicos de libre acceso a través de internet.
(Con información de ANDES) 

El Referéndum y Consulta Popular se llevará a cabo el próximo 4 de febrero

(Redacción Ibarra).- El Consejo Nacional Electoral (CNE) tiene habilitados varios mecanismos para que los ciudadanos se informen sobre el lugar de votación donde sufragarán en el Referéndum y Consulta Popular 2018, que se llevará a cabo el próximo 4 de febrero. Además, a través de estos medios, también pueden conocer si han sido seleccionados como Miembros de las Juntas Receptoras del Voto (MJRV).

Las personas habilitadas para sufragar pueden realizar su consulta a través de la página web institucional www.cne.gob.ec  o por medio del siguiente link: ttp://bit.ly/2wBmXyN. Para este propósito, deben ingresar el número de cédula y nombres y apellidos completos.

Así también, el organismo electoral ha habilitado una aplicación para dispositivos electrónicos (celulares y tablets con sistema operativo Android), en la que se puede realizar la consulta del lugar de votación y si fue seleccionado como MJRV. Esta puede ser descargada en Google Play de forma gratuita. Además, ofrece, un mapa en el que se puede conocer la ubicación exacta del recinto electoral. Para proceder con la descarga de la aplicación, puede realizarlo a través del siguiente link: https://play.google.com/store/apps/details?id=com.domelec.cne.domicilioelectoral&hl=es

Adicionalmente, a partir de la primera semana de enero, la ciudadanía podrá llamar al número 150, por medio de un teléfono convencional, para que pueda informarse sobre su lugar de votación y si fue seleccionado como MJRV. De la misma manera, a partir del mes de enero, esta información estará contenida en las planillas de luz eléctrica.

Finalmente, para brindar una atención personalizada a la ciudadanía, 15 días antes del día sufragio, mesas de información se instalarán en lugares estratégicos como terminales terrestres, centros comerciales, plazas, entre otros sitios públicos, en los cuales se podrá consultar esta información.
Recordamos que la consulta del lugar de votación y si fue seleccionado como Miembro de una Junta Receptora del Voto (MJRV) para el proceso electoral del 4 de febrero de 2018, es totalmente gratuito.

Inició entrega de certificados de votación definitivos 


(Redacción Ibarra).- Tras las Elecciones Generales de 2017, hubo personas que por diversas causas no pudieron votar. Otros en cambio, sí ejercieron su derecho al sufragio, pero posteriormente extraviaron el respectivo certificado de votación. A todos estos ciudadanos, el Consejo Nacional Electoral (CNE) les entregó un certificado de votación provisional que tenía como fecha de vencimiento el 30 de junio. Por ello, desde ayer, lunes 3 de julio, se emite el documento definitivo.

El Director Nacional de Procesos Electorales del CNE, Iván Fernández de Córdova, explicó que entre los meses de mayo y junio, las delegaciones electorales provinciales hicieron un levantamiento de información para determinar cuántos ciudadanos no votaron y cuántos más, pese a haber sido nombrados integrantes de alguna Junta Receptora del Voto (JRV), incumplieron ese deber.

La información pertinente se recabó revisando el padrón electoral y las actas de instalación de las diferentes JRV, tanto de los comicios del 19 de febrero, como de la segunda vuelta del 2 de abril. Con base en esos datos, el funcionario indicó que en la primera vuelta no sufragaron un total de 2’356.424 ciudadanos. Mientras, en la segunda, el ausentismo fue de 2’190.920 personas. Aunque,según precisó Fernández de Córdova, no todas estas personas tendrán que pagar multa por su inasistencia a votar. Pues en ese número constan quienes tienen derecho al voto facultativo. Entre ellas: policías, militares, mayores de 65 años de edad, analfabetos y personas con discapacidad. Asimismo, el Código de la Democracia contempla causales para justificar la inasistencia al sufragio. 

Por ejemplo, que el ciudadano esté fuera del país, se halle enfermo o tenga alguna calamidad doméstica. En estos casos, la persona debe acercarse a cada delegación provincial para solicitar sele justifique su falta, presentando los respectivos documentos de respaldo.

En cambio, las personas que no tienen ninguna justificación para su inasistencia, deberán pagar una multa correspondiente al 10% del salario mínimo unificado. Es decir, $37,50 por la primera vuelta y $37,50, por la segunda. La multa se incrementa para quienes, siendo miembros, incumplieron sus tareas en las Juntas Receptoras del Voto. En este caso, la multa es de $56,25 por cada vuelta electoral.

Estas multas deben ser pagadas en cada Delegación Provincial Electoral. Luego de esto, la persona 

recibirá su certificado de votación definitivo. 

Cabe señalar que la semana anterior, el Pleno del CNE aprobó justificar la inasistencia a las urnas 

de todos los funcionarios electorales que no pudieron ejercer su derecho al sufragio, debido a las 

obligaciones laborales que tuvieron que cumplir en esas fechas.