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La justicia reconoce al río El Tejar en Otavalo como sujeto de derechos y obliga a remediación ambiental

(Redacción Otavalo).- En el marco de la acción de protección presentada a favor de la conservación del río El Tejar, causa N.º 10282-2024-00138, se inició un proceso judicial que marcó un antes y un después en la defensa ambiental del cantón Otavalo. La demanda fue impulsada a finales de 2024 por dirigentes barriales, entre ellos representantes del barrio Los Portales, y el colectivo Unidos por la Pacha Mama, quienes denunciaron la constante contaminación del afluente y la inacción institucional frente a las descargas de aguas servidas.

Durante la audiencia desarrollada el 1 de mayo de 2024, la Procuraduría del Municipio de Otavalo aseguró que no existía contaminación en el río, mientras que la Empresa Pública Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Otavalo (EMAPAO) sostuvo que, de existir, los niveles serían “aceptables”. Ante estas afirmaciones, el juez constitucional resolvió suspender la audiencia y dispuso la práctica de dos diligencias clave: una inspección judicial para constatar de manera directa el estado del cauce y un análisis químico exhaustivo de las aguas, con el fin de determinar el grado real de contaminación.

El proceso avanzó y, en febrero de 2025, la Corte Provincial de Justicia de Imbabura ratificó la sentencia que declaró al río El Tejar sujeto de derechos, determinando responsabilidades directas del Municipio de Otavalo y de la Empresa Pública Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Otavalo por negligencia prolongada en el manejo del sistema de alcantarillado y el control de descargas contaminantes. El fallo ordenó medidas de reparación integral a corto, mediano y largo plazo, así como disculpas públicas por décadas de omisiones.

El origen estructural del problema se remonta a 2010, cuando se formuló el proyecto para la construcción de los colectores marginales del interceptor del río El Tejar (margen derecho) y la primera etapa del sistema de tratamiento de aguas servidas para la ciudad de Otavalo. Esta obra, concebida para captar las descargas del casco urbano y evitar que las aguas residuales se viertan directamente al cauce, quedó inconclusa hace más de catorce años. En febrero de 2025 se destinaron aproximadamente 45 mil dólares para actualizar los estudios orientados a la construcción de los colectores marginales y a la segunda etapa del tratamiento de aguas servidas. No obstante, un año después no se concretó la contratación correspondiente, lo que, según los accionantes, implicó un año adicional de contaminación continua. En noviembre de 2025, mediante consulta formal, se solicitó al Municipio la certificación de incorporación presupuestaria en la proforma 2026 para la construcción del sistema de colectores. La respuesta municipal detalló asignaciones para monitoreos ambientales, la adquisición de un dron con licencias y certificaciones por 12 mil dólares y la contratación de servicios profesionales para educación ambiental por 10.846 dólares; sin embargo, no precisó recursos destinados directamente a la construcción de los colectores marginales, infraestructura considerada esencial para frenar las descargas contaminantes.

En 2010 se estimó para la primera etapa una inversión de 7 millones de dólares; sin embargo, ante la limitada capacidad de endeudamiento, se asignaron únicamente 2 millones. Para 2025 debía haberse completado dicha inversión, pero actualmente se calcula que se requerirían alrededor de 7 millones de dólares para ejecutar integralmente el sistema.

El 31 de diciembre de 2025, dentro de la misma causa, el juez constitucional recordó a las entidades accionadas que el 13 de marzo de 2026 debían presentar los resultados correspondientes a las medidas de corto plazo, advirtiendo que, de no hacerlo, el despacho judicial aplicaría las facultades coercitivas previstas en el Código Orgánico de la Función Judicial. En el sector de El Batán se tomaron muestras por parte del GAD y EMAPAO para demostrar técnicamente que la calidad del agua había mejorado.

Desde mediados de enero de 2026 se ejecutaron trabajos de limpieza y mantenimiento de pozos de revisión y alcantarillado en varios sectores de la ciudad. El 9 de febrero se intervino el denominado punto Z2, en las calles Ricaurte y Colón, sector El Batán, donde se realizó limpieza de rejillas, sumideros y pozos, además de redireccionar aguas servidas hacia la Planta de Tratamiento La Fuente de la Salud, ubicada en el sector San Eloy. Previamente, se había intervenido el sistema de aguas residuales del mercado 24 de Mayo.

El 22 de febrero de 2026, EMAPAO anunció la culminación de las intervenciones técnicas orientadas a eliminar las descargas directas en cinco zonas específicas: Segundo Castro, Abdón Calderón, Antonio Ricaurte, Cristóbal Colón y la avenida Luis Cisneros. Se ejecutaron nuevas interconexiones, mantenimiento de colectores, adecuación de estructuras pluviales y actualización del catastro de redes. Según declaraciones oficiales, la Alcaldía destinó más de 640 mil dólares para estos trabajos, cuyo plazo concluía el 13 de marzo de 2026, fecha en la que debía justificarse judicialmente la descontaminación del cauce en El Batán.

La sentencia también dispuso la elaboración de una planificación complementaria con participación ciudadana para la protección y recuperación del río, así como la proyección de un parque lineal en la quebrada El Tejar. Paralelamente, se encuentra en fase precontractual la consultoría para el rediseño y actualización de los estudios definitivos de alcantarillado mixto, encauzamiento de aguas y protección de laderas.

Con la declaratoria de sujeto de derechos y el seguimiento judicial permanente, el río El Tejar deja de depender únicamente de decisiones administrativas y pasa a estar amparado por una obligación legal de cumplimiento obligatorio. El proceso, que inició con la negación de la contaminación y avanzó hacia la constatación técnica y la imposición de medidas estructurales, marca un precedente en la defensa ambiental del cantón y mantiene bajo vigilancia el cumplimiento efectivo de las obras que, por más de una década, quedaron pendientes.

EMAPA-O se deslinda de la responsabilidad directa sobre las plantas de tratamiento de aguas residuales en Otavalo

(Redacción Otavalo).- Aunque reconoce que 14 plantas de tratamiento de aguas residuales operan actualmente en el cantón, la Empresa Pública Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Otavalo (EMAPAO) asegura que no tiene la competencia legal ni la responsabilidad directa sobre todas estas infraestructuras. Así lo dio a conocer Gustavo Andrade, Gerente General de EMAPAO-EP en entrevista, señalando limitaciones normativas y presupuestarias que impiden su intervención plena.

Año 2025

Desde EMAPAO se sostiene que, según el artículo 49 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos y la ordenanza que regula su funcionamiento (art. 5), la responsabilidad de operar y mantener las plantas solo recae en aquellas que la empresa administra directamente, y que no puede intervenir en infraestructuras manejadas por juntas comunitarias o prestadores externos, a pesar de que muchas de estas plantas presentan problemas operativos. Aun así, afirman realizar tareas como limpieza, remoción de lodo y monitoreo ambiental, pero aclaran que lo hacen por compromiso social, no por obligación legal.

Año 2023

Sin embargo, en un vídeo institucional colgado en el canal de YouTube de EMAPAO-EP, con fecha 19 de enero de 2023, el Ing. Pablo Paredes, director técnico de la empresa, afirma que el servicio de agua potable está directamente relacionado con el de alcantarillado sanitario, pues a través de este sistema se recolectan las aguas residuales generadas en las viviendas para ser canalizadas hacia las plantas de tratamiento. Esta declaración pone en duda el discurso actual de la empresa, que insiste en no tener responsabilidad sobre el funcionamiento de dichas plantas.

Esta postura adquiere un contexto más amplio cuando se considera que la responsabilidad real del funcionamiento de las plantas recae en el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal (GAD Municipal) de Otavalo. El Municipio fue el ente ejecutor del proyecto de 11 plantas inauguradas en 2012, con fondos del Banco del Estado y el aval del Gobierno de Rafael Correa, quien asistió personalmente a su inauguración. En ese entonces, se prometía sanear la cuenca del lago San Pablo mediante estas infraestructuras, que ahora enfrentan serias deficiencias.

Con el paso del tiempo, varias plantas dejaron de operar adecuadamente. Estudios técnicos revelaron baja eficiencia en la depuración del agua y falta de cumplimiento con la normativa ambiental. En mayo de 2025, el Ministerio del Ambiente (MAATE) inició un proceso sancionador contra la alcaldía de Anabel Hermosa por el vertido de aguas residuales al lago, alegando que las 14 plantas estaban inoperativas, contradiciendo así el discurso institucional.

A pesar de esta grave situación, EMAPAO continúa deslindando su responsabilidad, alegando falta de competencia legal, ingresos limitados —pues sus recursos provienen solo de las tasas por servicios básicos— y obstáculos en la contratación pública. De hecho, el pliego tarifario no se actualizaba desde hace 14 años hasta que fue revisado en la presente administración.

La empresa también sostiene que ha invertido más de 720 mil dólares desde mayo de 2023 en mantenimiento, laboratorios, adquisición de bombas y pago de personal, y que en abril de 2025 se firmó un contrato para adquirir bombas nuevas, cuyo incumplimiento por parte del contratista está actualmente en proceso de sanción.

La legislación ambiental ecuatoriana y el Código Orgánico del Ambiente son claros al establecer que la gestión de aguas residuales es una competencia directa de los municipios. A pesar de ello, ni el Municipio ni EMAPAO han asumido de forma decidida el liderazgo necesario para garantizar el correcto funcionamiento de las plantas de tratamiento en Otavalo.

Actualmente, se han planteado propuestas para repotenciar las plantas y construir un colector perimetral en torno al lago San Pablo. También se ha creado un laboratorio especializado para el monitoreo de aguas residuales. Sin embargo, las soluciones estructurales siguen en el papel, mientras las aguas contaminadas continúan afectando los ecosistemas de la zona.

EMAPAO insiste en que no le corresponde asumir la responsabilidad, mientras el Municipio de Otavalo —verdadero ente competente según la ley— enfrenta procesos sancionatorios y no logra garantizar el funcionamiento adecuado de una infraestructura vital para la salud ambiental de la región.