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El Municipio de Otavalo y EMAPAO siguen sin acciones concretas para salvar el lago San Pablo

(Redacción Otavalo).- Durante una entrevista en el medio digital APAK TV de Otavalo, el abogado Washington Ruiz informó la situación en la que se encuentra la acción de protección presentada a favor del lago San Pablo que fue aceptada en primera instancia el año pasado.

Explicó que la sentencia de primera instancia fue considerada ambigua y poco específica, por lo que se interpuso un recurso de apelación. En segunda instancia, los jueces provinciales ratificaron la protección del lago y fallaron nuevamente a favor, esta vez por unanimidad. En relación con la demanda, señaló que en segunda instancia la sentencia fue ampliada, fortalecida y precisada por los jueces, especialmente en lo referente a la reparación integral, estableciendo con mayor claridad las obligaciones que deben cumplirse. Posteriormente, el Municipio de Otavalo interpuso un recurso de ampliación y aclaración; sin embargo, este fue negado en su totalidad por los magistrados.

Ruiz leyó textualmente en la entrevista: “La sentencia definitiva (sentencia de apelación), en la parte de la reparación integral 4.1, los jueces constitucionales de la Corte Provincial de Imbabura resolvieron que, en el término de 60 días hábiles después de haber emitido esta sentencia, el Municipio propicie una reunión ampliada entre los actores institucionales, sociales, económicos y deportivos, para establecer una hoja de ruta en la que se precisen las acciones realizadas por cada estamento público y privado hasta la presente fecha y, a partir de allí, definir las obligaciones y compromisos de cada una de las instituciones y demás organismos involucrados”.

Seguidamente, manifestó que ante esta situación, la semana pasada el Municipio extendió una invitación a varios dirigentes para participar en un conversatorio sobre el lago San Pablo. Sin embargo, la mayoría de asistentes fueron funcionarios municipales y no estuvieron presentes todos los actores involucrados, entre ellos dirigentes de cerca de 40 comunidades, actores turísticos y propietarios de embarcaciones. Además, se señaló que a dicha reunión no asistió la alcaldesa Anabel Hermosa.

En la entrevista, a su vez, afirmó que no existiría voluntad política ni un plan integral con presupuesto asignado para atender la problemática del lago, pese a que el Código Orgánico de Organización Territorial (COOTAD), en sus artículos 55 y 60, faculta a la alcaldesa a realizar traspasos presupuestarios cuando exista una declaratoria legalmente sustentada.

Art. 55.- Competencias exclusivas del gobierno autónomo descentralizado municipal.- Los gobiernos autónomos descentralizados municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley;

d) Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley;

Art. 60.- Atribuciones del alcalde o alcaldesa.- Le corresponde al alcalde o alcaldesa:

o) La aprobación, bajo su responsabilidad civil, penal y administrativa, de los traspasos de partidas presupuestarias, suplementos y reducciones de crédito, en casos especiales originados en asignaciones extraordinarias o para financiar casos de emergencia legalmente declarada, manteniendo la necesaria relación entre los programas y subprogramas, para que dichos traspasos no afecten la ejecución de obras públicas ni la prestación de servicios públicos. El alcalde o la alcaldesa deberá informar al concejo municipal sobre dichos traspasos y las razones de los mismos;

Por su parte, Diego Conejo, dirigente de la comunidad de Pucará de Velásquez, sostuvo que en el cantón la prioridad debería ser la intervención del sistema de alcantarillado y la construcción de colectores marginales, a fin de evitar los puntos de vertido hacia el lago, y anunció que desde la comunidad de Pucará de Velásquez se ejecuta un plan de manejo de residuos de origen textil, debido a que este tipo de desechos son los que más se generan en su comunidad.

Matriculación vehicular se habilitará desde el 19 de enero

(Redacción Ibarra).- La Empresa Pública de Movilidad del Norte, Movidelnor, iniciará el proceso de matriculación vehicular 2026 a partir del próximo 19 de enero, dirigido a los propietarios de vehículos que no lograron cumplir con este trámite durante 2025 y a quienes desean hacerlo de forma anticipada antes del inicio de la calendarización obligatoria. Esta etapa permite a la ciudadanía ponerse al día con un requisito legal indispensable para la circulación, bajo las condiciones establecidas para el nuevo año fiscal.

Para acceder al servicio, los usuarios deberán cancelar los valores correspondientes a la matrícula y a la revisión técnica vehicular conforme al tarifario 2026. Con el objetivo de facilitar el proceso, Movidelnor habilitó desde el lunes pasado su sistema de generación de órdenes de pago y actualización de datos. Desde este martes la entidad recibe además trámites de emisión por primera vez.

Durante esta semana se ejecutarán las pruebas en pista junto al aliado estratégico Reviplus, como parte de los controles técnico-mecánicos que garantizan un servicio eficiente, oportuno y alineado con los estándares de seguridad vial. A esto se suma que, desde el 19 de enero, Movidelnor recibirá y coordinará la atención de matriculación en flota para los propietarios de vehículos de transporte público y comercial, con una planificación específica para este sector.

La gerente de Gestión Vehicular, Cristina Pomasqui, explicó que este proceso anticipado busca ordenar la demanda y brindar mejores tiempos de atención a los usuarios. Señaló que la revisión técnica constituye un pilar fundamental para verificar las condiciones mecánicas y de seguridad de los vehículos que circulan en territorio nacional, lo que permite reducir riesgos y proteger la vida de conductores, pasajeros y peatones.

Por su parte, el gerente general de Movidelnor, Santiago Chiriboga, invitó a la ciudadanía a realizar sus trámites a tiempo y aprovechar esta fase previa. Destacó que la institución se encuentra preparada en infraestructura, personal y sistemas para atender la demanda del proceso 2026, y reafirmó que cada revisión vehicular representa una acción concreta para cuidar la vida a través de vehículos en condiciones adecuadas.

Desde la ciudadanía, Lucio Terán, un usuario que acudió a realizar su trámite, valoró la apertura anticipada del proceso y señaló que resulta positivo ofrecer esta alternativa a quienes prefieren no esperar la calendarización por número de placa. Resaltó la importancia de la habilitación temprana del agendamiento, ya que permite planificar con orden, evitar filas y acceder a un servicio más ágil y organizado.

Árboles y responsabilidad: qué debes saber si cae sobre tu propiedad

(Redacción Imbabura).- El pasado jueves en la zona del desvío de Azama, sobre la vía que conecta Otavalo y Cotacachi, un vendaval provocó que un árbol cayera sobre un automóvil en circulación. El impacto dejó daños materiales en el vehículo y una persona resultó herida. Este hecho expone a la ciudadanía a una pregunta frecuente: ¿Quién responde si un árbol cae sobre tu casa o tu vehículo?

En Ecuador, la respuesta depende de la causa de la caída y del estado del árbol. Según el Código Civil, si el árbol estaba seco, deteriorado o inclinado y el propietario no tomó medidas para prevenir el riesgo, este debe indemnizar los daños ocasionados. Por el contrario, si la caída ocurre por fenómenos naturales imprevisibles, como vendavales, tormentas o sismos, y no había señales de deterioro, se considera fuerza mayor, y no hay culpable directo. En estos casos, los afectados deben recurrir a su seguro o asumir los daños.

Si el árbol pertenece al municipio, por ejemplo en veredas o parques, la responsabilidad recae en la entidad municipal, según la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (LOOTUGS), y los reclamos deben dirigirse al municipio correspondiente.

Se recomienda a los ciudadanos actuar con rapidez, documentar el incidente mediante fotos, videos, informes técnicos y testimonios, especialmente si hubo advertencias previas al propietario. Antes de acudir a la vía judicial, es aconsejable intentar mediación o acuerdos extrajudiciales, y si se cuenta con seguro, este puede cubrir los daños mientras se define la responsabilidad.

Este tipo de situaciones resalta la importancia de mantener y revisar regularmente los árboles en áreas privadas y públicas, y conocer los derechos y deberes legales para proteger bienes y personas. Estar informado permite reaccionar de manera adecuada, evitando conflictos mayores y asegurando que los daños se manejen correctamente.