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Grabó al infractor, pero ¿pueden multarlo? Que dice la normativa

(Redacción Ecuador).- En Ecuador, tener un video, la placa del vehículo y el momento exacto en que se cometió una infracción de tránsito no constituye, por sí solo, una causal para que la autoridad emita una citación al conductor.

Autoridades han señalado que las grabaciones realizadas por ciudadanos pueden servir como información para que las autoridades den seguimiento al caso, identifiquen el vehículo y verifiquen lo ocurrido. Sin embargo, el video no reemplaza el procedimiento establecido para determinar una infracción y la responsabilidad del conductor.

Así, si una persona presencia una maniobra peligrosa, el irrespeto a una señal o cualquier otra conducta indebida y decide grabarla, puede poner el material en conocimiento de la autoridad. Para que se genere una citación, debe cumplirse el procedimiento correspondiente y realizarse la constatación de la infracción, según las circunstancias del caso, como ocurre con una constatación en flagrancia.

Para organismos como la ANT, la AMT o Movidelnor, esta aclaración resulta relevante ante el uso cada vez más frecuente de teléfonos celulares para registrar y reportar infracciones de tránsito en las vías del país.

Votar con el celular podría costarte más de 5 mil dólares y un año de suspensión para sufragar

(Redacción Imbabura).- El Consejo Nacional Electoral (CNE) recordó que en Imbabura y todo el país está prohibido usar celulares o cualquier dispositivo electrónico dentro del biombo durante el referéndum y consulta popular del 16 de noviembre. Los ciudadanos no podrán tomar fotos de la papeleta ni manipular sus teléfonos mientras emitan su voto, medida que busca garantizar el secreto del sufragio.

La sanción por incumplir esta norma es severa y corresponde a USD 5.170 (equivalentes a once salarios básicos) y un año de suspensión de derechos políticos, según el artículo 279 del Código de la Democracia. Esta infracción puede ser tramitada por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE).

En Imbabura, el CNE reforzará el control en los recintos de Ibarra, Otavalo, Cotacachi, Antonio Ante y Pimampiro, debido a denuncias recientes sobre presuntas presiones para que votantes fotografíen su papeleta a cambio de incentivos económicos. El organismo advirtió que estas prácticas comprometen la integridad del proceso.

La prohibición también aplica a los vocales de mesa, quienes no podrán usar sus celulares durante la jornada ni en el conteo, salvo el responsable de llenar las actas. El CNE insiste en que el respeto a esta disposición será clave para una elección segura y transparente en la provincia.

Además de la sanción por usar el celular en el biombo, en Imbabura rigen otras multas electorales establecidas por el Código de la Democracia. No acudir a votar—obligatorio para ciudadanos de 18 a 65 años—implica una multa del 10% del salario básico, es decir, $47. Infringir la ley seca o el silencio electoral también conlleva sanciones del 50% del salario básico ($235), aplicables a quienes consuman o vendan alcohol en el periodo prohibido, o a quienes realicen propaganda en plena restricción. En el caso de los miembros de las juntas receptoras del voto, no asistir a su mesa genera una multa de $70,50, mientras que abandonarla sin justificación puede costar entre 10 y 20 salarios básicos (de $4.700 a $9.400). Estas sanciones son administradas por el CNE, y pueden consultarse o pagarse en la delegación electoral correspondiente.