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Operativos listos para controlar el uso de la Palma de Cera

Ibarra.- Evite el usar "Palma de Cera" existen otras alternativas en el mercado. Foto: Refencial|Internet

Ibarra.- Evite el usar «Palma de Cera» existen otras alternativas en el mercado. Foto: Refencial|Internet

(Redacción Ibarra).- La Policía Nacional del Ecuador, a través de la Unidad de Protección de Medio Ambiente (UPMA), duplica sus esfuerzos para evitar la comercialización de la “palma de cera”, que es utilizada de forma masiva el domingo de ramos.

Cerca de 300 funcionarios policiales de la UPMA, se encuentra desplegados a nivel nacional, realizando operativos de control masivo de venta ilegal de este producto, especialmente en carreteras, plazas, mercados y alrededores de las iglesias.

La palma de cera es una planta de lento crecimiento, que alcanza su edad reproductiva luego de 30 a 50 años de plantación silvestre y que llegan a una altura entre 15 a 25 metros, por lo que es importante dentro del ecosistema debido a que proveen de alimento y refugio a varias especies silvestres entre ellas el Loro Orejiamarillo y el perico Cachetidorado, los mismos que se encuentran en peligro de extinción.

En los últimos 5 años, ha disminuido notablemente la demanda de artesanías realizadas con palma de cera, debido a las diferentes campañas de concientización y operativos de control realizados por la UPMA y se recomienda utilizar las siguientes alternativas: Romero, Arrayán, Maíz, Totora, Espigas de Trigo, Sigse, Paja, Laurel, Ciprés, entre otras.

De las sanciones existentes y las más importantes tenemos las siguientes:

Código Orgánico Integral Penal, Art. 247.- Delitos contra la flora y fauna silvestres.-La persona que cace, pesque, capture, recolecte, extraiga, tenga, transporte, trafique, se beneficie, permute o comercialice, especímenes o sus partes, sus elementos constitutivos, productos y derivados, de flora o fauna silvestre terrestre, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

La Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre, Art. 80que estipula: “Quien comercialice productos forestales, animales vivos, elementos constitutivos o productos de la fauna silvestre, especialmente de la flora o productos forestales diferentes de la madera, sin la respectiva autorización, será sancionado administrativamente con una multa de quinientos a mil salarios mínimos vitales generales.

En este sentido, la Policía Nacional del Ecuador hace un llamado a la comunidad a concientizar sobre la importancia que tiene las especies silvestres para preservar la biodiversidad, y de esta forma a abstenerse de comprar productos derivados de la palma de cera. (Comunicación Policia Nacional)