(Redacción Imbabura).- Nuestra redacción recibió un video ciudadano en el que se observa una motocicleta circulando a alta velocidad en la vía E35, a la altura del peaje Juncal–Mascarilla. En las imágenes se aprecia a dos ocupantes que, pese al riesgo, llevan los cascos en la mano, incumpliendo la normativa de tránsito vigente.
Según la Ley de Tránsito, el uso de casco es obligatorio para pilotos y acompañantes, y su incumplimiento constituye una multa equivalente al 30% de un salario básico unificado, es decir, $141 UDS. Testigos señalaron que este tipo de acciones pone en peligro no solo a los ocupantes del vehículo, sino también al resto de conductores que circulan por la vía.
Las autoridades de tránsito recomiendan a los motociclistas respetar las normas y recordar que el casco es un elemento de protección indispensable que puede salvar vidas.
(Redacción Ibarra).– Un accidente de tránsito fue captado en video y enviado a nuestra redacción por el propietario de una motocicleta implicada en el siniestro ocurrido el sábado en la intersección de la avenida Cristóbal de Troya y Piedad Gómez Jurado.
En las imágenes se observa cómo un vehículo blanco se cruza repentinamente la vía sin percatarse de la presencia del motociclista, lo que provoca un impacto directo. Producto del choque, el conductor de la motocicleta sufrió golpes y daños en su vehículo, mientras que el conductor del automóvil blanco se dio a la fuga del lugar.
El afectado señala que, pese a contar con pruebas del hecho y con el número de placa del vehículo involucrado, no ha podido presentar una denuncia formal, ya que los daños materiales no superan los dos salarios básicos unificados (SBU) y las lesiones fueron calificadas como leves, con solo tres días de incapacidad médica.
De acuerdo con el artículo 386 del Código Orgánico Integral Penal (COIP): “La persona que, como conductora de un vehículo, se vea involucrada en un accidente de tránsito y abandone el lugar del hecho, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años si del accidente resultan personas heridas o fallecidas”. En este caso, aunque las lesiones sean leves, el hecho de huir del lugar del accidente constituye una infracción, especialmente si se puede identificar al conductor por la placa del vehículo. Si bien la penalidad más alta aplica a casos con víctimas graves o fatales, la fuga puede constituir al menos una contravención grave.
Según el Reglamento de Tránsito y lo que dispone la LOTTTSV, cuando los daños materiales no superan los dos salarios básicos (es decir, USD 920 en 2025), y las lesiones son leves (menos de 3 días de incapacidad): No procede una denuncia penal por daño material o lesiones, sino un trámite administrativo o civil, como una conciliación ante la aseguradora.
Sin embargo, si hay fuga, la situación cambia: el hecho puede pasar de ser un simple accidente menor a una infracción grave o incluso delito, si hay indicios de que se quiso eludir responsabilidades legales o médicas. Aunque los daños materiales y las lesiones sean menores, si se tiene el número de placa, el motociclista puede presentar una denuncia formal en la Agencia Nacional de Tránsito o en la Fiscalía, mencionando la fuga del conductor, solicitar que se inicie un proceso administrativo para identificar al conductor y determinar su responsabilidad y exigir que se revisen cámaras de seguridad, y con ayuda de un abogado, buscar una compensación civil por los daños.