Uso de mascarillas y distanciamiento social es obligatorio desde hoy en Ibarra

(Redacción Ibarra).- El Concejo Municipal de Ibarra aprobó en segundo y definitivo debate la Ordenanza que regula las medidas de bioseguridad en relación a la Pandemia Covid19.

La ordenanza que fue debatida ampliamente en el seno del Concejo Municipal, y fue aprobada por unanimidad regula la circulación de personas en el interior del cantón.

Además exhorta a los propietarios de los locales a implementar medidas de protección y evitar aglomeraciones, regula el uso de mascarillas y guantes.

Regula el comercio informal de mascarillas y desde este miércoles queda expresamente prohibida la venta informal de cualquier elemento o insumo de bioseguridad considerando entre ellos mascarillas, guantes y gel antiséptico.
 
La Policía Municipal con el apoyo de la Policía Nacional realizarán controles de venta informal de cualquier elemento de bioseguridad en la vía pública.

La violación a la presente disposición dará lugar al decomiso de los productos y se pondrá a los infractores a órdenes de la autoridad competente en caso de presumirse el cometimiento de un delito.

Se consideran cómo faltas leves las siguientes: Quien no use mascarilla que cubran principalmente nariz y boca en lugares y espacios públicos a fin de reducir la transmisión del virus a nivel comunitario; serán sancionados con el 10% del salario básico unificado es decir 40 dólares, en caso de reincidencia se aplicará el doble de la multa.

Además se sancionará de la misma forma a quienes al momento de adquirir provisiones de toda clase de insumos, no realicen ordenadamente filas, en donde entre cada persona exista una distancia no menor a un (1,5) metro y medio de distancia entre cada uno.

Se consideran faltas graves, los locales comerciales, centros de abastos, supermercados, mercados, micro mercados, tiendas y otros similares, que mantengan al personal encargado de entregar productos de cualquier naturaleza dentro de sus comercios sin utilizar mascarillas y guantes de bioseguridad.

Además los locales comerciales, centros de abastos, supermercados, mercados, micro mercados, tiendas y otros similares, que permitan el ingreso de ciudadanos sin el uso de mascarillas.

Los dueños o arrendatarios de los establecimientos públicos o privados, que no cumplan con las medidas y protocolos de bioseguridad, permitiendo la aglomeración de ciudadanos que no cumplan ordenadamente filas en donde entre cada persona exista una distancia no menor a un (1,5) metro y medio de distancia entre cada uno.

Serán sancionados con el 50% de una Remuneración Básica Unificada, es decir 200 dólares.

Se consideran faltas muy graves a quienes realicen la venta informal de mascarillas y otros elementos de bioseguridad en establecimientos no autorizados y en la vía pública.

Se sancionará con el decomiso de los productos y se pondrá a órdenes de la autoridad competente en caso de presumirse el cometimiento de un delito.

Lo recaudado por concepto de multas que se impongan como resultado de aplicar las normas de esta ordenanza, serán destinadas a financiar acciones destinadas a la seguridad sanitaria y prevención del contagio del COVID19.

Adicionalmente por una regulación del COE Nacional, al no encontrarse evidencia científica de la utilidad de los túneles de desinfección, no se podrán utilizar dichos aparatos en ninguna de las instituciones

La ordenanza municipal entrará en vigencia a partir de este día miércoles.

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