“Juntos debemos luchar por Ibarra”: Álvaro Castillo

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Foto: GAD Ibarra

(Redacción Ibarra).- El Alcalde de Ibarra en rueda de prensa hizo un llamado a la ciudadanía a estar vigilantes sobre el proceso de deuda que mantiene la Municipalidad con la familia Morejón. “Hemos presentado un recurso de hecho” nosotros vamos a cancelar lo justo, dijo la primera autoridad del cantón, ante el litigio que inició en el 2006.

El pasado viernes el Municipio de Ibarra, presentó ante la Corte Nacional de Justicia, un recurso de hecho. “Lamentablemente este proceso continúa, lo importante es que la deuda debe ser pagada pero el monto real, no vamos aceptar la documentación presentada por un perito que carece de verdad”, expresó Castillo.

El último informe de un perito es que el área que debe cancelar el Municipio es de 67 mil m2, sin embargo explica el Alcalde, que luego de los estudios realizados por el departamento de Planificación, las propiedades ubicadas en Avenida Teodoro Gómez y la Avenida Pilanquí suman 19 mil m2 y el Parque de Pilanquí 31 m2, es decir 50 mil m2.

Vamos a golpear las puertas de la Corte Nacional de Justicia, para que fijen una audiencia y permitan llegar con los documentos, planos y escrituras para poder explicar de una forma clara.

Estamos buscando todas las alternativas para proteger a nuestra ciudad. Hemos enviado un documento a la Contraloría General de Estado, para que empiece a trabajar en este proceso. Hoy esperamos la respuesta de las autoridades nacionales.

Con la familia Morejón, se han mantenido varias reuniones con el objetivo de llegar acuerdos que beneficien al cantón y a ellos como familia, sin embargo existe influencias de afuera que les hacen frenar y decir que siguen litigando, acotó Castillo.

Tenemos claro que el Municipio de Ibarra, no está en la posibilidad de cancelar más de 10 millones de dólares, eso significaría cerrar las puertas y frenar las obras. “Por este motivo hacemos un llamado a la ciudadanía para que juntos luchemos por defender lo legal y cancelar lo justo”.

Antecedentes
El 24 de febrero de 1995, los cónyuges Morejón-Cifuentes celebraron con la Municipalidad un contrato de ocupación de áreas, mediante el cual entregaron a la Municipalidad el 40% del área de terreno que estuvo incluida en el Pulmón de la Ciudad, que por concepto de áreas comunales y espacios verdes corresponden a su Lotización aprobada por el I. Concejo Municipal de Ibarra en sesión de 3 de diciembre de 1991 y además, por cuanto la ciudad de Ibarra requiere la apertura y prolongación de las avenidas Teodoro Gómez de la Torre y Heleodoro Ayala, autorizan a la Municipalidad proceda a la apertura inmediata de las vías, todo esto a cambio de que la Municipalidad ejecute las obras de infraestructura necesarias para la urbanización, pero que el costo de dichas obras se recuperará mediante la contribución especial de mejoras que serán canceladas por los adquirentes de los lotes de terreno que resulten beneficiarios.
Ante el incumplimiento de la Municipalidad y la demanda de resolución o terminación del contrato de ocupación de áreas planteada por los cónyuges Morejón Cifuentes, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo No. 1 expide sentencia el 11 de enero del 2006 y dispone que resolución o terminación del mencionado contrato, de tal manera que las cosas vuelvan al estado anterior y, de no poderse cerrar las avenidas debe proceder conforme a derecho, además pagará daños y perjuicios, que con el incumplimiento ha ocasionado a los cónyuges Morejón – Cifuentes, lo cual se reclamará por cuerda separada y por la vía pertinente.
El 27 de junio del 2016, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo No. 1 ordena al GAD-I pagar USD. 10´193.347,71 por 67.604,11 m2, según lo determina el Perito Ing. Alex Novillo Avilés, peritaje que no fue objetado por el Ex Alcalde Jorge Martínez, por contener error esencial, y que fue aprobado en su totalidad por la Primera Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo en auto de 28 de agosto del 2012; orden de pago de terrenos que no son de propiedad del GAD-I ya que nunca se transfirió su dominio como, en cumplimiento de la sentencia expedida el 11 de enero del 2006.

Resistencia
“Creemos en la justicia y en sus procesos, pero no en el tratamiento que la Sala de lo Contencioso Administrativo ha dado a este caso. Si el recurso de hecho planteado el pasado viernes no tiene la respuesta esperada y la justicia nos cierre la puerta de forma definitiva, analizaremos la posibilidad de utilizar nuestro derecho constitucional a la resistencia previsto en el art. 98 de la Constitución, que dice: “Los individuos y los colectivos podrán ejercer el derecho a la resistencia frente a acciones u omisiones del poder público o de las personas naturales o jurídicas no estatales, que vulneren o puedan vulnerar sus derechos constitucionales, y demandar el reconocimiento de nuevos derechos”, sentenció Castillo.

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